Certificación K9 SAR Estructuras Colapsadas
INFORMACIÓN Y CONTENIDOS DE EVALUACIÓN
Bienvenidos a todos los binomios K9 que desarrollan sus labores de búsqueda, localización y rescate en estructuras colapsadas. Aquí te informamos de todos los aspectos para poder homologarte.
1.- OBJETIVOS
1.1.- Las certificaciones tienen como objetivo la ordenación, regulación e integración de los binomios K•SAR asistentes en los dispositivos de búsqueda a nivel local, autonómico y nacional.
2.- COSTE de la CERTIFICACIÓN
2.1.- Los tests de certificación tendrán un coste mínimo que cubrirá únicamente la fabricación de las tarjetas acreditativas y las dietas en concepto de comida o desplazamiento esenciales del responsable y auxiliares del evaluador que se encuentren en la prueba determinada.
2.2.- El precio en concepto de tasas se desarrollará con posterioridad al presente documento velando por dar el mínimo coste y máximo acceso a la certificación.
3.- VIGENCIA y PROCESO de CERTIFICACIÓN
3.1.- Las certificaciones tendrán una vigencia bianual y deberán revaluarse una vez transcurrido ese tiempo.
3.2.- Cualquier binomio certificado no deberá esperarse hasta fin de vigencia de su acreditación de certificación para poder evaluarse de su categoría u otras categorías.
3.3.-La certificación se realizar mediante convocatoria de test evaluativo en la que el binomio K-SAR deberá superar dicho test con la calificación de APTO.
3.4.- Aquellos binomios que no superen la certificación a la que se presenten deberán esperar a certificarse para esa misma categoría hasta la próxima convocatoria, sin embargo podrán optar a la evaluación mediante test de certificación de otras categorías.
4.- REUQISITOS para la CERTIFICACIÓN
4.1.- Para la realización de los test de certificación será imprescindible:
4.2.- Encontrarse tanto guía como perro de binomio K•SAR dentro del rango de edad permitido.
4.3.- El perro a certificarse deberá estar identificado mediante chip, disponer de seguro de responsabilidad civil, y al corriente de vacunas sanitarias.
4.4.- El guía deberá haber formalizado inscripción de la categoría o categorías a certificar y el pago de las tasas establecidas.
4.5.- La edad mínima del perro a evaluar para los test de certificación será desde los 10 meses hasta los 10 años de edad.
4.6.- La edad de los perros a certificar en el entorno de estructuras colapsadas en tanto al riesgo que se exponen se limitará de los 10 meses a los 10 años.
4.7.- Siempre se atenderá dentro de ese rango de edad certificativo del perro a criterios de idoneidad veterinaria, siendo posible la retirada en cualquier momento del proceso de certificación si se considera que la integridad física del perro es incompatible con la realización del test.
4.8.- La edad mínima del guía será desde los 18 años hasta los 80 años.
4.9.- Siempre se atenderá dentro de ese rango de edad certificativo del guía a criterios de idoneidad sanitaria, siendo posible la retirada en cualquier momento del proceso de certificación si se considera que la integridad física del guía es incompatible con la realización del test.
4.10.- El guía deberá presentar certificado de antecedentes penales y será objeto del proceso selectivo la evaluación de dicho certificado para entenderlo adminisible o no para continuar el proceso selectivo.
4.11.- El guía deberá aportar un certificado médico conforme no está en tratamiento por ninguna enfermedad que ponga en riesgo la salud pública de los participantes en la certificación.
5.- SISTEMA de CERTIFICACIÓN. Conceptos preliminares
5.1.- El sistema de certificación nacional mediante test por categorías se realizará mediante la partición en zonas territoriales perfectamente delimitadas.
5.2.- El o la responsable de cada zona territorial asumirá la gestión de forma autónoma del proceso de certificación de todas las categorías en el presente texto establecidas.
5.3.- El proceso de certificación deberá ser común en todas las zonas territoriales siendo el responsable de cada una de ellas quien deberá velar por el cumplimiento normativo y la homogeneización entre zonas.
5.4.- La realización del test por parte los binomios K•SAR tendrá carácter preferente dentro de la zona territorial a la que pertenezca, pudiendo libremente escoger cualquier otra zona para su certificación/certificaciones.
5.5.- En el caso de que un guía K-SAR disponga de más de un perro deberá realizar el procesoo los procesos de certificación (en función del número de categorías a las que se presente) de forma independiente.
6.-CAMPOS de EVALUACIÓN de TRABAJO
6.1.- En el momento de establecimiento del presente texto y de forma anual se establecerá una clasificación de los campos nacionales que cumplen los requisitos para ser considerados aptos para alguna de las categorías de certificación.
6.2.- Estos campos se evaluarán siguiendo los requisitos definidos en el presente texto y deberá ser el responsable territorial de otra zona quien certifique el campo de trabajo dentro de cualquiera de las categorías establecidas.
6.3.- Se entenderá como nula la certificación del campo de trabajo en la que haya pruebas de que su certificación esté viciada por ánimo de lucro directo o indirecto de las partes (certificador o responsable del campo), haya conflicto de intereses por ser copropietario/corresponsable o usufructuario acreditado del mismo campo, haya relación de familiaridad o parentesco entre certificador y responsable del campo de trabajo.
6.4.- El responsable del campo de trabajo en caso de disconformidad podrá impugnar dicha certificación elevando la cuestión al responsable territorial. Esta impugnación se resolverá en junta de 2/3 partes de los miembros responsables territoriales excluyendo al responsable territorial que lo certificó.
7.- FASES del SISTEMA de CERTIFICACIÓN
7.1.- El sistema de certificación estará compuesto por las siguientes fases:
1.- Fase evaluación de trastorno de personalidad.
2.- Fase de primera evaluación de test práctico de certificación.
3.-Fase de evaluación teórica.
4.-Fase de prueba de esfuerzo.
5.-Fase de segunda evaluación de test práctico de certificación.
8.- CÓMPUTO GLOBAL de las PRUEBAS
8.1.- El resultado no apto de cualquiera de las pruebas para la certificación de una categoría implicara el resultado NO APTO de todo el proceso de certificación sin posibilidad de rectificación ni revalida.
9.- PRUEBA de TEST de PERSONALIDAD
9.1.- Se realizara para todas las categorías y niveles un ejercicio tipo test en el que evaluará mediante marcadores la personalidad del guía a certificar.
9.2.- En el test únicamente se tendrán como resultados no aptos para la certificaciones aquellos marcadores que indiquen los siguientes trastornos:
- Psicopatías
- Esquizofrenias
- Trastornos límite de la personalidad
- Trastornos bipolares
- Trastorno paranoide de la personalidad
- Aquellos trastornos que hagan incompatible su incorporación o pongan en riesgo el desarrollo del dispositivo de búsqueda.
- Aquellos trastornos que pongan en riesgo la vida o la integridad física del binomio K•SAR a evaluar o el resto de los efectivos de un dispositivo de búsqueda.
9.3.- En el caso de que el resultado del test dé como positivo los marcadores anteriormente expuestos podrá ser ratificado a título personal por una segunda sub-prueba de entrevista del guía K•SAR evaluado por a fin de contrastar dicha información por parte de personal especializado.
9.4.- Esta segunda sub-prueba tendrá un carácter potestativo por parte del responsable territorial y/o certificador.
10.- DESCRIPCIÓN de la EVALUACIÓN TEÓRICA
10.1.- La realización de la evaluación constará de una prueba teórica en las categorías intermedia nivel avanzado o bien categoría especialista nivel grandes áreas o estructuras colapsadas.
10.2.- La realización de la prueba tipo test constará de 50 preguntas tipo test con cinco opciones o alternativas.
10.3.- La superación de 35 o más de las 50 preguntas tipo test equivaldrá a la superación de la evaluación teórica.
10.4.- Se dispondrá de 1 hora para realización de la prueba.
10.5.- El binomio KSAR tendrá dos intentos uno al principio del proceso de certificación y un segundo al final del mismo una vez realizada el SEGUNDO test práctico.
10.6.- Se realizarán una serie de cuestionarios a modo de preparación del examen teórico tipo test. De entre todas las preguntas que se formulen en estos test preparatorios saldrán las 50 preguntas del examen teórico final.
10.7.- Los contenidos de los que constará el examen tipo de test serán los siguientes:
- Anatomía básica del perro de trabajo.
- Protocolos de vacunación/ fitosanitarios para el control veterinario del perro KSAR.
- Procesos de aprendizaje asociativo y no asociativos.
- Elementos de señalización y representación de croquis según normativa FEMA.
- Primera asistencia sanitaria (protocolo MARCH y -MIST-informe y reporte de valoración sanitaria).
- Procesos psicológicos que intervienen en el dispositivo de búsqueda.
- Elementos estructurales en las edificaciones, apuntalamientos y tipologías de colapsos.
- Criterios de búsqueda dentro de un operativo.
- Elementos tecnológicos complementarios en la búsqueda K9 SAR.
- Normativa de protocolo EPI en la indumentaria.
11.- TEST DE CERTIFICACIÓN PRÁCTICOS
11.0 CAMPO de TRABAJO. CLASIFICACIÓN
-En primer lugar se establecerán atendiendo a los tipos de colapso los siguiente como standard para la clasificación de parte de los escenarios:
-Atendiendo del mismo modo a los escenarios de trabajo y certificación se establecerán:
• Estructuras colapsadas
– Nivel de escombro A1 equivalente a porciones
• Fragmentos de hasta 20 centímetros de longitud
– Nivel de escombro A2 equivalente a:
• Campos de escombros sin espacios multicapa con porciones o fragmentos de hasta 200 cms de longitud.
• Nivel A1 con estructura multicapa inferior o superior
– Nivel de escombro A3 equivalente a
• Campos de escombros sin espacios multicapa con porciones o fragmentos de más de 200 cms de longitud.
• Nivel A3 con estructura multicapa inferior o superior.
• Registro
– Nivel A1 espacio
• Tubo de registro de más de 3 metros de profundidad.
• Pasarela a un mínimo 3 metros de altura.
• Espacio de 200 metros cuadrados por planta.
• Zona de zulos (mínimo 2) con acceso por dos zonas a dicho espacio confinado.
• Espacio de registro subterráneo de máximo dos metros de ancho por dos metros de alto y a partir 30 metros lineales de profundidad.
– Nivel 2 espacio
• Tubo de registro de más de 10 metros de profundidad.
• Pasarela de más 5 metros y mínimo 3 metros de altura.
• Espacio con mínimo dos plantas de registro y 200 metros cuadrados por planta.
• Zona de zulos (mínimo 6) con acceso por dos zonas a dicho espacio confinado
• Espacio de registro subterráneo de máximo dos metros de ancho por dos metros de alto y a partir 60 metros lineales de profundidad.
– Nivel 3 espacio de 25.000-40.000 metros cuadrados donde se incluyen como mínimo tres de los elementos:
• Tubo de registro de más de30 metros de profundidad.
• Pasarela de más 10 metros y mínimo 5 metros de altura.
• Espacio con mínimo tres plantas de registro y 200 metros cuadrados por planta.
• Zona de zulos (mínimo 6) con acceso por dos zonas a dicho espacio confinado.
• Espacio de registro subterráneo de máximo dos metros de ancho por dos metros de alto y a partir 150 metros lineales de profundidad.
• Poblado abandonado
– Nivel A1. Poblado en condición de abandono donde se incluya un mínimo de dos edificaciones y un espacio de registro.
• Se deberán observar un espacio de colapso de las tipologías establecidas.
• Se observaran un mínimo de un espacio de zona oscura o ciega donde se admite un punto de acceso de luz y de una superficie mínima de 50 metros cuadrados cada superficie.
– Nivel A2. Poblado en condición de abandono donde se incluya un mínimo de cuatro edificaciones y un mínimo de un espacio de registro que conecte las mismas edificaciones.
• Se deberán observar un mínimo de tres espacios de colapso de las tipologías establecidas.
• Se observaran un mínimo de un espacio de zona oscura o ciega completamente de una superficie mínima de 50 metros cuadrados cada superficie.
• Zona de escombro no diferenciada de carácter inestable y longitud del cascote de más de 20 cms de longitud.
– Nivel A3. Poblado en condición de abandono donde se incluya un mínimo de cinco edificaciones y un mínimo de dos espacios de registro que conecte las mismas edificaciones. También se observaran las siguientes especificaciones:
• Se deberán observar un mínimo de tres espacios de colapso de las tipologías establecidas.
• Se observaran un mínimo de dos espacios de zonas oscuras o ciegas completamente de una superficie mínima de 50 metros cuadrados cada superficie.
• Zona de escombro no diferenciada de carácter inestable y longitud del cascote de más de 20 cms de longitud.
• Campo mixto artificial (CMA)
– Los campos diseñados a tal efecto para la formación y evaluación de búsqueda y rescate deberán tener como mínimo los siguientes requisitos:
• Zona de zulos conectados mediante conexiones subterránea.
• Los zulos deberán disponer de mínimo dos zonas de acceso y un punto de emanación de olor a la superficie distinto a la de los accesos citados
• Tres espacios de desplazamiento en escombrera inestable, la primera dotada de un tamaño de escombro de hasta 20 cms de longitud, el segundo espacio de entre 20 cms hasta 200 cms de longitud y un tercer espacio de más de 200 cms de longitud.
• Una de acceso a tubo corrugado o galería subterránea de mínimo 30 metros lineales totales
• Un mínimo de tres elementos recreativos de espacio real como son los siguientes:
• Pequeñas edificaciones cuyo colapso corresponda a una de los tipos pre-establecidos.
• Vehículos integrados dentro del escenario en forma de colapso (turismos, furgonetas, autobuses, camiones, aviones, trenes, embarcaciones,…)
• Un mínimo de un punto de vigía para el control del trabajo en plano de altura superior con construcción estable y claramente señalizado y diferenciado a tal efecto.
12.1.-ESTRUCTURA de las CATEGORÍA
12.1.1.-Las categorías del sistema de certificaciones nacional serán las siguientes:
1. CATEGORÍA BASE
a. binomio novel
2. CATEGORÍA INTERMEDIA:
a. binomio nivel básico
b. binomio nivel avanzado
3. CATEGORÍA SUPERIOR
a. Especialista en estructuras colapsadas.
12.2.- Todas las categorías establecidas serán válidas como recurso operativo en el dispositivo de búsqueda.
12.3.- Aquellos binomios K-SAR que hayan sido aptos en diversos de diferente categoría mediante test únicamente serán acreditados por aquella categoría superior, no siendo posible una doble acreditación de básica e intermedia, intermedia y superior o superior y básica.
12.4.- Aquellos que dentro de la categoría intermedia hayan superado los test de nivel básico y avanzado únicamente serán acreditados por el nivel avanzado.
12.5.-Aquellos binomios KSAR que superen los test o el test de la categoría a la que se presenten serán acreditados mediante dispositivo identificativo donde constará:
- Fotografía a color del guía.
- Nombre y DNI del guía.
- Nombre, raza y numero de chip del perro identificado.
- Zona territorial donde se certificó y nombre del responsable que los certificó.
- Categoría en la que se certificaron.
- Mes y año de certificación.
- Mes y año de fin de vigencia de la certificación.
12.6.- Aquellos binomios que en la categoría intermedia o especialista quieran disponer de material tecnológico de soporte en la búsqueda podrán hacerlo siempre y cuando dispongan de licencia o autorización en caso de que la tenencia del mismo sea prescriptiva.
12.7.- En caso de que no se disponga de la autorización o licencia prescriptiva no se podrá dar uso a ese material durante el test.
12.8.- Será imprescindible al inicio del test manifestar del uso del o de los dispositivos tecnológicos y exponer de manera verbal en que consiste el dispositivo y de qué manera lo integra en el test.
12.9.- Aquellos binomios que en la categoría intermedia o especialista quieran disponer o aporten auxiliar, observador o mochilero para el apoyo en las tareas de búsqueda podrán disponer de este siempre y cuando informen de este extremo al inicio del test.
12.10.- Los auxiliares, observadores o mochileros que asistan a petición del guía K•SAR en los test de las categorías intermedia o especialista deberán encontrarse en el rango de edad de los 18 a los 80 años.
12.11.- La incapacitación sensorial o física durante el ejercicio del test o al inicio del mismo por parte del auxiliar, observador o mochilero no lo invalida. En este caso se le informará de la imposibilidad de utilizar de este recurso y se procederá a la ejecución del test acto seguido.
12.12.- Esta incapacitación del auxilia, observador o mochilero debe considerarse que le pone en riesgo su integridad física o pone en riesgo a el desarrollo del mismo bajo criterios de seguridad.
12.13.- El material propio del guía y del perro necesario en el desarrollo del test en las categorías intermedia o especialista deberá ser el oportuno, siendo prescriptivo como mínimo el uso de material EPI al completo en el escenario de estructuras colapsadas.
12.14.- Al resultado del test no cabe recurso, si bien:
12.14.1.- Podrá comunicar su disconformidad al resultado y esta queja será tomada en cuenta a los efectos oportunos.
12.14.2.- La queja deberá ser remitida al gestor de certificaciones adjuntando obligatoriamente la prueba documental que presuntamente acredite su disconformidad
12.14.3.- Se desestimará cualquier queja no documentada “de facto”.
12.14.4.- La queja se someterá a revaluación del ejercicio por un mínimo de dos responsables territoriales distintos al que emitió la resolución de la certificación.
12.14.5.- A esta queja, su resolución se entenderá como firme y no cabrá recurso contra ella.
12.15.- El guía evaluado podrá a título personal realizar la grabación de su propio ejercicio a fin de interponer disconformidad sobre su resultado NO APTO, cualquier disconformidad no documentada no se le realizara trámite.
13.-DESCRIPCIÓN de los TEST PRÁCTICOS de CERTIFICACIÓN
13.1. CATEGORÍA BASE:
13.1.1. Binomio novel:
Al binomio se le someterá a tres test o ejercicios:
13.1.1.1.- Test de socialización.
El perro será expuesto al contacto con otras personas y a la manipulación de las mismas. El perro no deberá mostrar ningún comportamiento reactivo (mordisco, gruñido, ladrido reactivo).
13.1.1.2.- Test de detección:
a.- Al inicio del ejercicio el guía informará del tipo de marcaje que realiza el perro cuando encuentra víctima, (activo, pasivo, ladrido).
b.- El guía deberá informar verbalmente al responsable del test mediante “victima localizada” en el momento en que considere que su perro ha localizado correctamente.
c.- El tiempo de búsqueda no se detendrá hasta que no verbalice la localización de la víctima.
Dentro de este test habrá dos subejercicios. Son los siguientes:
13.1.1.3.- Sub-ejercicio de detección:
a.- Se le expondrá a siete continentes (o envases), seis de ellos vacíos y dentro de uno de ellos se esconderá el figurante.
b.- El figurante que se esconda dentro del continente deberá permanecer oculto a la vista impidiendo que el perro en su detección pueda confirmarlo visualmente.
c.- La distancia entre revieres será de tres metros.
d.- El figurante no podrá emitir ningún ruido como reclamo para el perro o centrado para el guía.
e.- el perro al inicio del ejercicio podrá ir sujeto o atado con correa.
f.- si el perro no va sujeto con correa no deberá salir de la zona acotada para el ejercicio.
g.- la zona acotada a tal efecto será de 200 metros por lado siendo una superficie total de 400 metros cuadrados.
h.- Una vez el perro realice el marcaje el guía informara de la localización de vÍctima al responsable del test.
i.- El tiempo de ejecución del ejercicio es de dos minutos desde el inicio en que el perro inicia la búsqueda hasta el guía manifiesta que ha localizado víctima.
j.- En cualquiera de los envases donde no se encuentra la vÍctima podrá introducirse pelota, rodillo, mordedor o comida.
13.1.1.4.- Sub-ejercicio de detección:
a.- Se le expondrá a siete biombos, revieres, seis de ellos vacíos y dentro de uno de ellos se esconderá el figurante.
b.- La distancia entre revieres será de tres metros.
c.- El figurante no podrá emitir ningún ruido como reclamo para el perro o centrado para el guía.
d.- El perro al inicio del ejercicio podrá ir sujeto o atado con correa.
e.- Si el perro no va sujeto con correa no deberá salir de la zona acotada para el ejercicio.
f.- La zona acotada a tal efecto será de 200 metros por lado siendo una superficie total de 400 metros cuadrados.
g.- Una vez el perro realice el marcaje el guía informara de la localización de victima al responsable del test.
h.- Cuando el perro llegue a la víctima no debiendo acometer contra ella mientras este señalizando víctima.
i.- El tiempo de ejecución del ejercicio es de dos minutos desde el inicio en que el perro inicia la búsqueda hasta el guía manifiesta que ha localizado víctima.
j.- En el ejercicio a cuatro metros de cualquiera de los cinco envases vacíos se encontrará una persona con su perro en control (ya sea atado o sin atar a la correa).
k.- Si el perro que realiza el test acomete contra el perro de forma reactiva automáticamente quedara descalificado de la prueba.
l.- El guía en cualquier momento del acercamiento entre el perro evaluado y el binomio que realiza la figurancia podrá reconducir a su perro mediante comando hacia la prueba.
m.- El responsable del test una vez haya observado que frente al estímulo del perro junto a su guía, el perro K-SAR desarrolla una actitud no reactiva sin acometer contra estos y continua el ejercicio deberá ordenar que ambos, perro y guía figurantes abandonen el escenario del test.
CATEGORÍA INTERMEDIA:
- Nivel básico:
a.- La zona de trabajo oscilara entre los 5.000 metros cuadrados y los 10.000 metros cuadrados.
b.- La zona de trabajo será tipo A2.
c.- El responsable del test dará indicaciones de posición de la víctima y lugar en el que se situará.
d.- Víctima y punto de salida de la búsqueda será el mismo.
e.- La antigüedad de la muestra no será superior a los 10 minutos.
f.- El perro del binomio saldrá en situación de control (ya sea sujeto con correa o bien sin ella) y se posicionará en el punto de inicio del ejercicio.
g.- El responsable de zona le informará al guía de:
- Número de víctimas en zona.
- Límites de zona.
- Zonas de acceso para el guía prohibido.
h.- El tiempo máximo de búsqueda desde que el perro inicia la búsqueda será de 20 minutos.
i.- El guía iniciara informando de la estrategia de búsqueda, de los sistemas de apoyo tecnológico que porteará y cuál es su función de apoyo en el test, de la existencia o no de auxiliar, observador, mochilero que le asista y del tipo de marcaje que realiza su perro cuando encuentra la muestra.
j.- Una vez el guía entienda que su perro le ha señalizado víctima informará verbalmente de forma clara e inequívoca al responsable de test de este extremo y finalizara el tiempo de búsqueda.
k.- Finalmente, el guía informara de su trabajo realizado aportando que estrategia ha seguido finalmente y cuales han sido las dificultades que le han sobrevenido y como las ha afrontado (juicio crítico). En esta fase deberá haber necesariamente contenido autocritico por parte del guía.
- Nivel avanzado
a.- La zona de trabajo oscilara entre los 10.000 metros cuadrados y los 25.000 metros cuadrados.
b.- La zona de trabajo será zona tipo A3.
c.- El responsable del test dará indicaciones de posición de las dos víctimas y lugar en el que se situarán.
d.- Víctima y punto de salida de la búsqueda no será el mismo
e.- La antigüedad de la víctima oscilara entre los 40 minutos y los 60 minutos.
f.- El perro del binomio saldrá en situación de control (ya sea sujeto con correa o bien sin ella) y se posicionara en el punto de inicio del ejercicio.
g.- El responsable de zona le informará al guía de:
- Número de víctimas en zona.
- Límites de zona.
- Zonas de acceso para el guía prohibido.
h.- El responsable de zona aportará de mapa vectorial con los límites de búsqueda representados así como las zonas de acceso prohibido.
i.- El tiempo de búsqueda desde que el perro inicia la búsqueda será de 30 minutos.
j.- El guía iniciará informando de la estrategia de búsqueda, de los sistemas de apoyo tecnológico que porteará y cuál es su función de apoyo en el test, de la existencia o no de auxiliar, observador, mochilero que le asista y del tipo de marcaje que realiza su perro cuando encuentra víctima.
k.- En el test de búsqueda el responsable podrá decidir poner víctima o no zona de búsqueda.
l.- En el test de búsqueda el responsable de zona deberá interponer entre una y dos personas a modo de caminantes en la zona de búsqueda.
m.- En el test de búsqueda el responsable deberá posicionar una prenda o un grupo de prendas (a modo de distractor o disrruptor de la búsqueda) en un punto de la zona de búsqueda de una de las víctimas.
n.- Finalmente el guía informara verbalmente de forma clara e inequívoca de su trabajo realizado aportando que estrategia ha seguido finalmente y cuales han sido las dificultades que le han sobrevenido y como las ha afrontado (juicio crítico). En este aspecto deberá haber necesariamente contenido autocrítico por parte del guía.
13.3.2.- ESPECIALISTA
a.- La zona de trabajo oscilara entre los 20.000 metros cuadrados y los 40.000 metros cuadrados.
b.- El responsable del test dará indicaciones de posición de las cuatro víctimas y lugar en el que se situarán.
c.- Víctima y punto de salida de la búsqueda no será el mismo
d.- La posición de las vÍctimas deberá incluir una confinada como mínimo y otra semisepultada en escombros.
e.- El perro del binomio saldrá en situación de control (ya sea sujeto con correa o bien sin ella) y se posicionara en el punto de inicio del ejercicio.
f.- El responsable de zona le informará al guía de:
- Número de víctimas en zona.
- Límites de zona.
- Zonas de acceso para el guía prohibido.
g.- El responsable de zona aportará de mapa vectorial con los límites de búsqueda representados así como las zonas de acceso prohibido.
h.- El tiempo de búsqueda desde que el perro inicia la búsqueda será de 60 minutos
i.- El guía iniciará informando de la estrategia de búsqueda, de los sistemas de apoyo tecnológico que porteará y cual es su función de apoyo en el test, de la existencia o no de auxiliar, observador, mochilero que le asista y del tipo de marcaje que realiza su perro cuando encuentra víctima.
j.- En el test de búsqueda el responsable podrá decidir poner víctima o no zona de búsqueda.
k.- En el test de búsqueda el responsable de zona deberá interponer entre una y dos personas a modo de caminantes en la zona de búsqueda.
l.- En el test de búsqueda el responsable deberá posicionar una prenda o un grupo de prenda en un punto de la zona de búsqueda de una de las víctimas.
m.- En el test de búsqueda el responsable podrá agrupar víctimas o dispersarlas por la zona de búsqueda.
n.- En el test de búsqueda el responsable incorporará un paseante con perro atado en el perímetro de la zona de búsqueda, en el caso de encuentro con este por parte del perro el guía deberá resolver y continuar la búsqueda sin que ni perro ni paseante sufran agresión física por parte del perro K-SAR.
o.- Finalmente el guía informara de su trabajo realizado aportando que estrategia ha seguido finalmente y cuales han sido las dificultades que le han sobrevenido y como las ha afrontado (juicio crítico). En este aspecto deberá haber necesariamente contenido autocrítico por parte del guía.
p.- El binomio K-SAR podrá detenerla búsqueda y reiniciarla tantas veces como considere necesario para el desarrollo del test.
* En el caso de que tanto en la certificación de la categoría intermedia nivel avanzado como en las certificaciones de especialista se encuentre una construcción, el responsable del test podrá incorporar en el test la ubicación de la víctima en su interior.
** La posición de la víctima o victimas en el caso de ubicarlas en el interior mantendrá las características propias de cada test respecto a la posición de la víctima.
14.- PRUEBAS de ESFUERZO
Para la realización de las pruebas de esfuerzo, se realizaran las siguientes pruebas en correlación a las siguientes categorías:
14.1.- Categoría base (nivel binomio nobel) y categoría intermedia (nivel básico).
Se establecerá dos pruebas:
• PRIMERA PRUEBA • Recorrido de Orientación
a.- Se iniciará el ejercicio en un punto de salida predeterminado con el aporte de un mapa de la zona.
b- No estará permitido el aporte de dispositivos logísticos de GPS como soporte en el ejercicio
c.- Una vez establecido el punto de inicio de búsqueda y las coordenadas asignadas como punto final se dará comiendo al ejercicio
d.- El binomio K•SAR (guía y perro testados) deberán recorrer del punto inicial al final de forma autónoma y dispondrán de 5 horas como máximo para completar el track de forma no autónoma.
e.- En el ejercicio darán apoyo a un binomio K•SAR o en su defecto a un responsable territorial que llevará la iniciativa del track.
f.- El trayecto planificado para el ejercicio tendrá una distancia marco de 10 Kilómetros.
g.- El resultado de la prueba será únicamente de apto o no apto.
h.- En caso de que el binomio K•SAR no pueda completar el track por cualquier motivo invalidará la prueba.
• SEGUNDA PRUEBA • portes y arrastres
a.- El guía parte del binomioK•SAR testado deberá hacer el porte de su perro durante una superficie plana de 150 metros para la categoría base y 250 metros para la categoría intermedia.
b.- En esta prueba no tendrá límite de tiempo.
c.- El resultado de esta prueba una vez finalizado el objetivo será de apto.
14.2.- Categoría intermedio nivel avanzado y categoría especialista
Para la realización de las pruebas de esfuerzo se realizaran las siguientes pruebas en correlación a las siguientes categoría especialista. Se establecerán dos pruebas:
• PRIMERA PRUEBA • Recorrido de Orientación
a.- Se iniciará el ejercicio en un punto de salida predeterminado con el aporte de un mapa de la zona.
b.- No estará permitido el aporte de dispositivos logísticos de GPS como soporte en el ejercicio.
c.- Una vez establecido el punto de inicio de búsqueda y las coordenadas asignadas como punto final se dará comiendo al ejercicio.
d.- El binomio K•SAR (guía y perro testados) deberán recorrer del punto inicial al final de forma autónoma y dispondrán de 5 horas como máximo para completar el track de forma autónoma.
e.- El trayecto planificado para el ejercicio tendrá una distancia marco de 12 Kilómetros.
f.- El resultado de la prueba será únicamente de apto o no apto.
g.- En caso de que el binomio K•SAR no pueda completar el track por cualquier motivo invalidará la prueba.
• SEGUNDA PRUEBA • portes y arrastres
a.- El guía parte del binomio K•SAR testado deberá hacer el porte de su perro durante una superficie plana de 400 metros.
b.- Posteriormente superará una rampa ascendente de entre 25-35 % de 400 metros.
c.- Finalmente habrá un descenso en superficie en tierra de entre 20-25% de 400 metros.
d.- En esta prueba no tendrá límite de tiempo.
e.- El resultado de esta prueba una vez finalizado el objetivo será de apto

Inscripciones Certificaciones
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Información General
ORGANIZACIÓN GENERAL & CERTIFICADOS
13.-Estructura organizativa
13.1.-La estructura organizativa se fundamentara en una junta de responsables de zonas territoriales.
13.2.-Cada responsable de zona territorial gestionara de forma autónoma los procesos de certificación de su sector acatando escrupulosamente el cumplimiento de las pautas evaluativas del presente documento.
13.3.-En caso de que así quede probado el incumplimiento de las pautas de certificación establecidas en el presente documento podrá ser removido de su cargo por tiempo indeterminado.
13.4.-A pesar de su autonomía en la gestión territorial, con una función gestora y coordinadora de las necesidades, carencias en el desarrollo de las certificaciones habrá un gestor nacional.
13.5.-El gestor nacional no podrá tomar decisiones de forma unánime, sin embargo, sí podrá convocar de forma extraordinaria y justificada reunión de la junta total o parcial de responsables territoriales a fin de resolver las incidencias que se produzcan.
13.6.-El gestor de certificación nacional por su función no percibirá retribución alguna en concepto de cargo
13.7.-Los responsables territoriales de forma anual se reunirán a fin de exponer de forma individual el balance de la actividad de su zona.
13.8.-Las resoluciones que se determinen mediante reunión de junta de responsables territoriales será siempre mediante mayoría simple de los asistentes, esto es, la mitad más uno de los que asistan a la reunión.
14.-Zonas territoriales
14.1. –Las zonas territoriales se repartirán inicialmente de la siguiente forma:
Zona norte: (9 provincias)
– Galicia
– Asturias
– Cantabria
– La Rioja
– Navarra
– País Vasco
Zona este (7 provincias y tres islas)
– Cataluña
– Aragón
– Baleares
Zona levante (4 provincias)
– Comunidad Valenciana
– Murcia
Zona centro (17 provincias)
– Comunidad de Madrid
– Castilla la Mancha
– Castilla León
– Extremadura
Zona Sur (8 provincias, dos ciudades autónomas y 7 islas)
– Andalucia
– Ceuta
– Melilla
– Islas Canarias
*A pesar de la repartición territorial, cualquier binomio KSAR que desee certificarse fuera de su zona predeterminada anteriormente en base a su lugar de residencia podrá hacerlo sin recargo en el coste de tasas ni perjuicio en el proceso de certificación alguno, garantizando el principio de igualdad evaluativa y de transparencia.
**La repartición territorial podrá ser modificada mediante junta de responsables territoriales a propuesta de cualquiera de sus miembros y votación a favor por mayoría simple.
16.-Acreditaciones
16.1.-Soporte físico de las acreditaciones
16.1.1 –En las acreditaciones deberá constar :
* En la parte anversa:
-fotografía a color del guía
-nombre y DNI del guía
-nombre, raza y numero de chip del perro identificado
* En la parte reversa:
-zona territorial donde se certificó y nombre del responsable que los certificó
-categoría en la que se certificaron
-mes y año de certificación
-mes y año de fin de vigencia de la certificación
-Observaciones: elemento del dispositivo logístico que se incorpora en la certificación, número de serie y licencia o autorización en caso de ser necesaria que lo habilita
16.1.2.-La medidas de la tarjeta certificativa serán de 8,5 cms. de longitud por 5,5 cms. de ancho
16.1.3.-Las tarjetas acreditativas se gestionarán de forma única a través del gestor de certificaciones garantizando un único formato de acreditación.
16.1.4.-Las tarjetas acreditativas tendrán un color distinto en función del grado de acreditación que se certifique, de este modo garantizamos que visualmente se reconozca el nivel acreditado evitando confusiones.
17.-Sistema de registro
17.1.-El sistema de acreditaciones una vez que el responsable territorial emita el resultado al gestor nacional de certificaciones, este resultado se incorporará dentro de una base de datos
17.2.-El sistema de base de datos será de iniciativa privada y libre acceso por cualquiera que lo requiera.
17.3.-Las solicitudes para certificarse por aquellos binomios KSAR interesados lo realizaran siempre mediante inscripción centralizada, de tal forma que la explotación de datos será mucho más eficiente.
17.4.-En la solicitud mediante sistema telemático, al igual que registro de la base de datos anteriormente citado deberá constar:
*Del Guía
-fotografía a color del guía
-nombre y DNI del guía
-Dirección, teléfono de contacto y dirección de e-mail
-Unidad a la que pertenece
-Si dispone de más perros certificados
-grupo sanguíneo
-Alergia diagnosticada
-Observaciones sanitarias
-Observaciones diversas:
*Del perro
-nombre, raza y numero de chip del perro identificado
-Sexo del perro y si esta castrado
-Color o pelaje del perro
-Numero de seguro y compañía y vigencia (fechas)
-fotografía de la cartilla veterinaria del perro identificado
-patología diagnosticada (displasia de cadera, codo, glaucoma,…)
-Observaciones veterinarias
-Observaciones diversas:
*De las certificaciones
-. Histórico de las certificaciones realizadas (fechas y resultado de apto o no apto)
-. Zona territorial donde se realizaron
-.Número de registro de la certificación
.-Nombre del certificador
*Otras observaciones relativas a las certificaciones:
-nombre del auxiliar que dará soporte en la certificación y DNI
-elemento del dispositivo logístico que se incorpora en la certificación, número de serie y licencia o autorización en caso de ser necesaria que lo habilita.
17.5.-En el sistema de registro de binomios KSAR certificados constará un histórico de cada binomio mediante el cual, con carácter público, se pueda consultar certificaciones anteriores por cual persona interesada.
18.-De los Certificadores
18.1.-Desde la fecha en que entre en vigor el presente texto el certificador será el mismo responsable de zona durante un periodo provisional de cinco años
18.2.-Con posterioridad a la misma fecha se valorará mediante junta de responsables territoriales la necesidad de plazas como certificadores nacionales
18.3.-En caso de la necesidad de nuevas plazas de certificadores se realizará votación relativa abrirá convocatoria a la presentación de solicitudes de certificadores y esta misma deberá ser aprobara mediante mayoría simple.
18.4.-Los requisitos para la certificación nacional serán los siguientes mediante baremo de puntuación en concurso público:
a) Ser miembros de las FFCCSE 0,7 puntos por año trabajado
b) Ser miembro de emergencias (excluyendo FFCCSE) 0,5 puntos por año trabajado
c) Ser miembro de protección civil (excluyendo miembro de emergencias y FFCCSE) 0,3 puntos
d) Disponer de titulación oficial nivel III por incual en material de instrucción en perros de búsqueda y rescate. (1 punto)
e) Ser miembro de unidad canina de rescate registrada oficialmente y con vinculación en alguna institución local, autonómica o estatal (0,5 puntos por año trabajado)
f) Experiencia acreditada como instructor en curso de formación en perros de búsqueda y rescate (0,2 puntos por curso acreditado)
g) Experiencia acreditada en seminarios, charlas relativas a la especialidad de búsqueda y rescate con perros ( 0,1 puntos por curso acreditado)
h) Experiencia laboral relativa en obediencia, comportamiento canino (0,1 puntos por año trabajado)
i) Formación en sanitaria táctica acreditada (ASPIT 0,2 puntos , TECC-LEO/TCCC-AC 0,5 puntos , TECC/ TCCC-MP 0,7 puntos)
j) Formación en sanitaria pre-hospitalaria (0,2 por curso acreditado oficial)
k) Formación relativa en cartografía y orientación, meteorología (0,2 puntos por curso acreditado)
l) Formación relativa en dispositivos electrónicos relativos a la búsqueda (a valoración por junta de responsables territoriales 0,2 puntos por curso oficial acreditado)
m) Formación en piloto de drones de más de 250 gramos (0,2 puntos por curso oficial acreditado)
18.5.-Los responsables territoriales deberán someterse para revalidar la categoría de certificadores cada dos años al concurso público, no obstante no perderán la función de gestión territorial de la zona asignada.
18.6.-Una vez realizado el concurso público, los certificadores deberán realizar un curso de certificadores durante 15 días donde se adaptará la persona a la tarea de certificación con la normativa del presente texto.
18.7.-La funciones del responsable territorial sin ser certificador serán la de gestión de las certificaciones de su zona, la supervisión de las certificaciones realizadas en su zona territorial y la tramitación de las incidencias a la junta de responsables territoriales.
ANEXO
A.-Convalidaciones
A.1.-Mediante junta de responsables territoriales se estudiara la posibilidad de convalidaciones totales o parciales de otras pruebas y su correspondencia con la categoría.
A.2.-La junta de responsables deberá aprobar por mayoría simple atendiendo a los siguientes criterios:
*En las pruebas teóricas:
a) Materia evaluada
b) El soporte mediante el cual se evalúan deberá ser presencial.
c) Examen tipo test
d) Corrección del examen mediante plantilla y persona externa a la organización del test.
*En las pruebas practicas
a) Evaluador externo a la organización de la prueba
b) Criterios evaluables similares a los propios de las certificaciones
c) Superficie de búsqueda similar a las presentes certificaciones
d) Edades de los perros a certificar, situaciones psicofísicas de los guías evaluados óptimas.
e) Ausencia de antecedentes penales relativos al título de las personas y contra la libertad y la indemnidad sexual.
B.-Personal especializado en figurancia
B.1.-Se prevee la posibilidad de realizar formación especifica en figurancia para el desarrollo de todas las pruebas de certificación
B.2.-Esta formación y acreditación como figurante será desarrollado en texto anexo al presente con más detalle
C.-Sanciones
C.1-. Aquel binomio KSAR que mediante confirmación verbal al gestor de las certificaciones o mediante escrito por cualquier medio debidamente acreditado por el responsable del operativo informase de la presentación dentro de un dispositivo de búsqueda habiendo NO superado ninguna de las pruebas de certificación quedara sancionado con dos años sin poder certificarse nuevamente en ninguna de las categorías.
C.2.-Aquel binomio KSAR que realice de dispositivo de búsqueda de forma paralela al dispositivo de búsqueda oficial (establecido por las fuerza y cuerpos de seguridad o miembros de emergencia oficiales en cada zona territorial) sin estar debidamente autorizados por ningún estamento oficial y quede informado el gestor de certificaciones verbalmente o mediante escrito por cualquier medio quedara sancionado (el guía del binomio en cuestión) con un año sin poder certificarse nuevamente en ninguna de las categorías y así mismo perdiendo el nivel de certificación de cualquier categorías si lo hubiese obtenido.
C.3.-Los casos reflejados en los dos puntos anteriores quedaran reflejado en el registro del binomio KSAR en concreto.
Información Alegaciones
17 AGOSTO 2021
FECHA LÍMITE LEGACIONES
641 565 134
Teléfono Información
633 087 520
Teléfono Información
626 950 660
Código Deontológico
BINOMIOS K SAR
Este Código de Ética tiene como misión sensibilizar a los binomios k-sar para que su ejercicio profesional se desenvuelva en un ámbito de honestidad, legitimidad y responsabilidad, en beneficio de los animales, de su labor social y de la sociedad.
Se designa como guía k-sar a aquel profesional que cuente con una certificación que lo acredite como tal y/o con experiencia profesional de largo recorrido que le autorice a ejercer esta labor.
Los animales son seres capaces de sentir dolor físico y sufrimiento emocional, sin embargo, no pueden ejercer su autonomía, tampoco pueden comunicarnos sus necesidades, ni su parecer sobre lo que hacemos con ellos, los seres humanos somos quienes tenemos en nuestras manos la tutela de los animales y las decisiones sobre su vida, su cuerpo y su salud, esto los hace vulnerables; corresponde a los profesionales k-sar ser los responsables morales de los animales, guardianes de su educación y supervisión de su bienestar físico y psicológico.
Los animales no pueden ejercer su autonomía, por lo que terceras personas, designadas como tutores, son quienes toman las decisiones por ellos, en ocasiones esta responsabilidad también recae en los adiestradores caninos profesionales encargados de los animales.
La profesión de rescatista k-sar es parte del engranaje para la localización de personas de las que se desconoce su ubicación. Debe aplicar los avances científicos en las técnicas de localización para el beneficio de las familias de las personas desaparecidas, por lo que conscientes de esta responsabilidad, los Guias k-sar deben procurar:
1.- Usar sus conocimientos y sus habilidades para la localización y el adiestramiento canino de los animales en la sociedad, a través del trabajo adecuado y certificado del binomio k-sar (perro y guía). La formación continuada y el juicio autocrítico que hagan del trabajo una herramienta efectiva para la comunidad en los dispositivos de búsqueda.
2.- Deben ejercer su labor apegados a los principios de respeto por la dignidad de los animales, evitando todo sufrimiento, dolor o trato inhumano tanto físico como psíquico con los animales.
3.- Tienen la obligación de formarse y prepararse continuamente, para estar actualizados en el conocimiento de las últimas técnicas de educación, localización y rescate de personas desaparecidas y así promover siempre un mejor servicio efectivo y eficaz.
Artículo 1.- El guía K•SAR al que afecta este código ético es la persona física que está en posesión de una certificación que acredita sus conocimientos, y le habilita para la puesta a disposición e integración, dentro de un dispositivo de búsqueda de persona desaparecida.
El presente Código orientará la conducta del guía K•SAR canino profesional, sus relaciones con su profesión, con sus colegas, con los profesionales de estrecha colaboración, con los animales, con la sociedad en general y consigo mismo, debiendo cumplir todos los deberes que le imponen las leyes, normas y reglamentos.
Artículo 2.- El guía K•SAR profesional, dedica su profesión a una o varias de las actuaciones siguientes:
a) El conocimiento de las bases etológicas y psicológicas en las que se fundamenta el comportamiento y conducta canina.
b) El conocimiento y aplicación de las técnicas de búsqueda y salvamento caninos, para lograr sus objetivos en los campos del guía canino profesional, especializado en la búsqueda y rescate.
c) La docencia e investigación en técnicas de búsqueda y rescate caninas.
Artículo 3.- Las formas de ejercer la profesión de guía k-sar certificado pueden ser:
a) Como profesional voluntario, que correspondería a cualquier actividad que se realice al amparo de la ley del voluntariado 45/2015 de 14 de octubre.
b) Como profesional voluntario al servicio de organismos públicos o privados.
c) Como funcionario público del Estado, Comunidad Autónoma Provincia o Municipio, y dentro del Estado como funcionario civil o militar.
Artículo 4.- El guía K•SAR profesional debe poner todos sus conocimientos científicos y recursos técnicos en el desempeño de su profesión. Asimismo, deberá esforzarse por actualizar y ampliar sus conocimientos profesionales.
Artículo 5.- El guía K•SAR profesional debe actuar con integridad, justicia, honradez, lealtad, respeto, formalidad, honestidad, responsabilidad, veracidad, y en estricta observancia a las normas legales y éticas de su actividad.
Artículo 6.- El guía K•SAR profesional debe mantener estrictamente la confidencialidad de la información que le sea confiada en el ejercicio de su profesión, salvo los informes que le sean requeridos conforme a la ley. Asimismo, debe extender a sus colaboradores la misma obligación de guardar secreto profesional.
Artículo 7.- El guía K•SAR profesional debe responder por sus actos que con motivo del ejercicio profesional dañen o perjudiquen a terceros, aún y cuando sus actos o funciones se realicen de manera colectiva.
Artículo 8.- El guía K•SAR profesional que ejerce en el marco de una unidad canina K•SAR registrada en los organismos territoriales pertinentes es responsable por las acciones contrarias al código de ética, como resultado de un hecho propio o de colegas subordinados que ejerzan profesionalmente en el mismo lugar.
Artículo 9.- El guía K•SAR profesional no debe encubrir o proteger con su certificación a ninguna persona no habilitada para el ejercicio profesional. En caso de trabajar con aprendices, debe indicarles su obligación de solicitar certificación para el ejercicio profesional ante el organismo correspondiente. Además, debe estar presente y supervisar los procedimientos, de búsqueda y localización mediante perros k-sar, que los aprendices lleven a cabo.
Artículo 10.- El guía K•SAR profesional no permitirá que personas que no sean guías k-sar profesionales utilicen su nombre o certificación profesional para atender asuntos inherentes a la profesión.
Artículo 11.- El guía K•SAR profesional que asume simultáneamente una responsabilidad profesional, una función administrativa o política, no deberá utilizarla para fines personales en el ejercicio de la actividad circunscrita en el presente texto.
Artículo 12.- El guía K•SAR profesional debe respetar en todo momento los derechos de los animales, colegas, familiares de las víctimas desaparecidas, víctimas localizadas y de personal civil presente en el dispositivo de búsqueda.
Artículo 13.- El guía K•SAR profesional debe atender y prestar sus servicios a quien lo solicite sin discriminación de género, nacionalidad, raza, credo, ideología, nivel cultural o socioeconómico.
Artículo 14.- El guía K•SAR profesional debe ofrecer sus servicios profesionales de acuerdo con su capacidad científica y técnica. Esta circunstancia debe observarse en todas las comunicaciones que el profesional haga de sus servicios, en cualquier medio informativo y promocional.
Artículo 15.- El guía K•SAR profesional puede informar indicando, exclusivamente, los tipos de servicios especializados certificados y con resultado de los mismos como APTO, incluyendo en la misma la certificación en vigor de la que es acreedor.
Artículo 16.- El empleo de cualquier medio de expresión destinado al público, debe tener un carácter educativo y servir al interés general de la profesión K•SAR profesional, ya sea por medio de publicaciones, conferencias, entrevistas, internet, etcétera.
Artículo 17.- Los guías K•SAR profesionales voluntarios no deben hacer uso de las instalaciones, equipo y tiempo que le son confiadas por su convenio o actividad al servicio público, para su beneficio personal lucrativo.
Artículo 18.- El guía K•SAR profesional al emitir una opinión o juicio profesional en cualquier situación y ante cualquier autoridad o persona, debe ser imparcial, ajustarse a la realidad y comprobar los hechos con evidencias.
Artículo 19.- El guía K•SAR profesional deberá realizar en primera persona y aportar juicio de todo trabajo profesional k-sar realizado, desde una perspectiva objetiva, crítica e imparcial.
Artículo 20.- El guía K•SAR profesional, en el cumplimiento de su función profesional, debe limitarse a mantener una relación laboral con sus clientes. Debe respetar el derecho que posee cualquier persona para seleccionar libremente los servicios del Adiestrador Canino Profesional de su preferencia.
Artículo 21.- El guía K•SAR profesional debe procurar la integración de todas las condiciones favorables para el desempeño de su profesión sobre todo de aquellas que pudieran comprometer la calidad del servicio público especializado K•SAR.
Artículo 22.- El guía K•SAR profesional debe ser responsable y decir la verdad relativa al dispositivo de búsqueda en todo momento, y siempre que exista algún riesgo para el binomio, deberá comunicárselo al jefe del operativo.
Debe formular sus estrategias, asesoramiento o tareas sobre la actividad K•SAR tomando conciencia de las consecuencias tanto para los familiares de la persona desaparecida y jefes del operativo de búsqueda, como para el perro, y debe explicar a quien corresponda, en forma clara, las indicaciones necesarias sobre las tareas de las que se encuentra especializado y certificado.
Debe conservar frente a sus compañeros K•SAR, familiares de la persona desaparecida y personal del dispositivo de búsqueda, una actitud siempre cordial y atenta, tomando en cuenta las relaciones afectivas que puedan existir con el fin de promover una mayor eficacia en el desarrollo del dispositivo de búsqueda así como en la formación para tal fin.
Artículo 25.- El guía K•SAR profesional al reconocer un error, impericia o deficiencia en su servicio profesional, debe comunicárselo al jefe del dispositivo al mando y advertirle de las posibles consecuencias.
Artículo 26.- El guía K•SAR profesional debe realizar los ajustes necesarios provocados por un servicio público ineficiente implementando mayores recursos a su disposición, cobro adicional o una mayor disponibilidad al puesto de mando.
Artículo 27.- Cualquier comisión por remisión de servicios K•SAR profesionales voluntarios, entre unidades K•SAR profesionales y un tercero (ya sea jefe del operativo de búsqueda o bien entorno familiar de la persona desaparecida), están prohibidos.
Artículo 28.- El guía K•SAR profesional debe mantenerse siempre actualizado en los avances científicos y tecnológicos que tienen que ver con su profesión y su especialidad, para brindar un servicio profesional y de alta calidad.
Artículo 29.- El guía K•SAR profesional debe transmitir sus conocimientos y experiencia a personal en formación y futuros guías K•SAR de su profesión, con objetividad y claridad en apego a la verdad.
Artículo 30.- El guía K•SAR profesional debe dignificar su profesión mediante el buen desempeño del ejercicio profesional y el reconocimiento que haga a los instructores que le transmitieron los conocimientos y experiencia.
Artículo 31.- El guía K•SAR profesional debe poner en alto el prestigio de su profesión en todo lugar y momento, y denunciar ante la autoridad competente a las personas que ostenten o actúen como guías k-sar profesionales voluntarios sin serlo.
Artículo 32. El guía K•SAR profesional deberá tener respeto y gratitud con los instructores y las instituciones que los formaron, y contribuir en la medida de sus posibilidades en el buen funcionamiento y desarrollo de las mismas.
Artículo 33.- El guía K•SAR profesional debe integrarse con su participación activa y crítica, a las unidades caninas legalmente constituidas.
Artículo 34.- Cuando el guía K•SARprofesional no cuente con los medios técnicos o con el conocimiento necesario para resolver un supuesto de desaparición o dispositivo de búsqueda, debe reconocer su limitación, y remitirlo a un equipo, binomio o unidadK•SAR que sea competente en la materia.
Artículo 35.- El guía K•SAR profesional tiene la obligación de evitar o reducir al máximo las situaciones de dolor, estrés, incomodidad o ansiedad en los animales, promoviendo su bienestar físico y emocional en cualquier actividad que realice con éstos.
Artículo 36.- La consideración más importante debe ser el bienestar de los animales. Los intereses emocionales, económicos o comerciales de otro tipo que tenga el responsable del animal o el guía K•SAR profesional, no deben estar por encima de las necesidades básicas del animal.
Artículo 37.- El guía K•SAR profesional tiene la obligación de informar y educar a sus compañeros, colaboradores, alumnos, y a la población en general, fomentando el respeto a la vida en general, y en particular a los perros. Su conducta debe servir de ejemplo para que los demás miembros de la sociedad traten a los animales con cuidado y consideración.
Artículo 38.- El guía K•SAR profesional debe dirigirse y tratar a los animales de manera cuidadosa, sin gritarles, atemorizarlos, ni golpearlos. No debe referirse a ningún animal en forma despectiva, evitando los apelativos, ya que todo ser vivo merece respeto, y al usar estos calificativos, el guía K•SAR profesional se denigra a sí mismo y a su profesión.
Artículo 39.- El guía K•SAR profesional debe educar, informar y persuadir a los guías, poseedores o responsables de animales, para promover las medidas de control de obediencia, para que se puedan desenvolver en el entorno en el que viven sin ocasionar daños a otras personas, animales o cosas.
Artículo 40.- El guía K•SAR profesional no debe participar ni favorecer activamente o ser cómplice de situaciones o espectáculos en las que se ridiculice, se les hiera, lastime, azuce, castigue, se ponga en riesgo su salud física o emocional y se cause dolor o la muerte innecesaria a los animales con el fin de divertir a los seres humanos, o de obtener algún beneficio económico a costa del sufrimiento de aquéllos. Ser cómplice de éstos actos es contrario a su ética y deontología profesional.
Artículo 41.- El guía K•SAR profesional es responsable de la educación y la enseñanza a cualquier nivel, debe transmitirle a sus alumnos, con sus palabras y su ejemplo, que los animales merecen ser tratados con respeto y cuidado, así como fomentar actitudes y valores de respeto hacia la vida.
Artículo 42.- El guía K•SAR profesional debe asegurarse de que los perros K•SAR que van a ser trasladados de un sitio a otro, sean manejados y transportados en condiciones humanitarias, sin que estén en riesgo de herirse ni fracturarse, cumpliendo los requisitos mínimos de bienestar, tales como el espacio necesario, agua, alimento y descanso, tal como lo señalan las normas establecidas al respecto.
Artículo 43.- La violación de las disposiciones del código de ética relativo al ejercicio profesional de guía k-sar profesional, pueden dar lugar a sanciones disciplinarias que serán aplicadas por las CERIFICACIONES NACIONALES, las cuales podrán ser:
a. Advertencia confidencial, en aviso reservado.
b. Censura confidencial, en aviso reservado.
c. Censura pública, en publicación oficial.
d. Denuncia ante la autoridad jurídica competente.
e. Las que consideren necesarias.
Artículo 44.- La Comisión de Ética y Deontología Profesional de las CERTIFICACIONES NACIONALES, será la responsable de la vigilancia profesional y de la ejecución del presente código, así como de resolver los conflictos que surjan en el marco de este código.