El anteproyecto de la Ley de Protección y Derechos de los Animales, propuesto por el Ministerio de Derechos Sociales, propone a demás de la regulación para su tenencia las condiciones para la «jubilación» de los perros de trabajo.
Seguimos conociendo nuevos aspectos de la primera ley en España que regulará todos los derechos de los animales, ya conocimos la prohibición expresa del sacrificio de los animales, salvo excepciones justificadas. También se ha informado sobre la necesidad de aprobar un curso de formación antes de convertirse en dueños de perros por primera vez, en este punto me pregunto porque «por primera vez»?. Considerando que hay muchos propietarios de perros que deberían pasar por el curso de capacitación aunque no sea su primera mascota, solamente basta con darnos un paseo por cualquier parque canino y observar los comportamientos.
Ya se nos comunicó las consideraciones para calificar a un can como «perro de trabajo», pero ahora también conocemos los aspectos de esta ley referentes a su jubilación
Jubilación a los siete años, de los perros profesionales
El anteproyecto de Ley de Protección y Derechos de los Animales, fija que será a partir de los siete años del perro de trabajo cuando pueda finalizar su actividad profesional. Esta limitación lo justifican en base a la relación de vida del perro respecto a su correspondencia a la edad humana, se considera que 7 años de vida se corresponde a 49 años en una persona, momento propuesto para su jubilación.
De todas formas se precisa que la decisión de jubilar a nuestro perro de trabajo, siempre se tomará previo examen de las funciones de capacidades tanto físicas como psicológicas por parte del veterinario.
Por otro lado también se legisla que los perros no podrán comenzar sus funciones hasta que tengan la edad de 18 meses, nos preguntamos porque no esta claro, si la fase inicial de entrenamiento se considera trabajo. Además se establece la obligatoriedad de programar unos horarios de actividad, con periodos de descanso específicos para cada jornada.
DNI, obligatorio
Otro aspecto de la nueva ley establece la obligatoriedad de poseer el DNI de nuestra mascota, estableciendo el 2022 como objetivo para que todos los canes queden registrados en una base de datos oficial a nivel nacional. Una herramienta fundamental, en nuestra opinión, para prevenir el abandono de los animales de compañía.
Os seguiremos informando sobre los diferentes aspectos del anteproyecto de Ley de protección animal, según los vayamos conociendo.